VERI*FACTU llega en 2027. Los negocios afectados deberán adaptar su software de facturación. Qué significa para ti →

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VERI*FACTU: qué es, a quién afecta y cómo prepararte

Qué exige la normativa a los programas de facturación, las dos modalidades válidas y los plazos actualizados de 2027.

Zolven · 2 min de lectura · 15 de julio de 2026

Teléfono escaneando el código QR de una factura en un escritorio

Qué cambia

El Real Decreto 1007/2023 obliga a que los sistemas informáticos de facturación generen registros íntegros, trazables e inalterables. Cada registro incorpora una huella digital y datos del anterior para detectar omisiones o cambios.

Todas las facturas emitidas con un sistema sujeto a esta norma llevarán un código QR. El reglamento no convierte por sí mismo la factura en factura electrónica.

Las dos modalidades válidas

En modalidad VERI*FACTU, el programa remite el registro a la AEAT al emitir la factura; esta puede verificarse con el QR y muestra la leyenda «VERI*FACTU» o equivalente. En modalidad NO VERI*FACTU, no hay envío inmediato, pero el sistema debe aplicar controles adicionales, firmar los registros y conservar un registro de eventos.

No basta con que el proveedor diga que su producto está «certificado»: debe entregar una declaración responsable que identifique la versión y confirme el cumplimiento.

A quién afecta y desde cuándo

Afecta, con las exclusiones previstas por la norma, a empresarios y profesionales que usan un sistema informático para facturar. Los contribuyentes acogidos al Suministro Inmediato de Información (SII) quedan fuera de este reglamento para sus facturas.

  • Contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades: antes del 1 de enero de 2027.
  • Resto de obligados, incluidos autónomos con actividad económica en IRPF: antes del 1 de julio de 2027.
  • Hasta esas fechas, el uso de VERI*FACTU se considera periodo de pruebas.

Checklist de preparación

  • Pide a tu proveedor la fecha de adaptación, la modalidad y la declaración responsable.
  • Identifica todas las herramientas que generan facturas: ERP, TPV, ecommerce y aplicaciones internas.
  • Si facturas con hojas de cálculo o software propio, revisa el criterio oficial de la AEAT: una hoja usada solo para introducir, listar o sumar datos no siempre se considera un sistema informático de facturación; si procesa la información para generar facturas o libros, sí puede quedar dentro de la norma.
  • Prueba rectificaciones, anulaciones, exportación de registros y copias de seguridad antes de tu fecha límite.

El plazo ya está en el calendario. Tu nueva gestoría también puede estarlo.

Plazas limitadas del programa piloto para autónomos. Cuéntanos cómo es tu negocio y te decimos si Zolven ya puede llevarlo.

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